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¿Es obligatorio estar colegiado para ejercer de psicólogo?

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Ha llegado ese momento en el que ya no puedes dar servicio a todos los pacientes que te piden cita y estás dándole vueltas a la idea de contratar un profesional que dé servicio en tu clínica. Pero ¿tiene que estar colegiado oficialmente?

La respuesta a esta cuestión no tiene lugar a duda, es un rotundo SÍ.

No sabemos qué respuesta estabas esperando, pero es impepinable. En España, para ejercer la psicología, es obligatorio estar colegiado en el Colegio Oficial de Psicología correspondiente.

¿Qué significa estar colegiado como psicólogo?

Que el profesional esté colegiado básicamente indica que forma parte del Colegio Oficial de Psicología que corresponda, dependiendo de la comunidad autónoma en la que te encuentres.

Formar parte de esta comunidad significa formar parte de ese grupo en el que se reúne la gran mayoría de los profesionales del sector. Como ese grupito de WhatsApp en el que compartir cositas chulas y memes sobre la profesión, pero de forma muy ética y profesional. Además de pertenecer a esta red, estar colegiado facilita el contacto entre los profesionales y la posibilidad de crear agrupaciones o comités.

Actualmente, formar parte de cualquier Colegio Oficial de Psicólogos conlleva un coste mensual, que dependerá de cada uno de los organismos.

Pero, como cualquier suscripción de pago, también cuenta con beneficios:

  1. Asesoría jurídica en caso de verse en una situación comprometida a raíz de alguna consulta.
  2. Estar dentro de la bolsa de trabajo.
  3. Acceso a cursos para poder seguir ampliando su formación.
  4. Lucha contra el intrusismo laboral.

Si en vez de gerente de una clínica que va a contratar una persona nueva para su equipo, eres un profesional colegiado que está buscando un software de gestión clínica, aquí tienes un artículo en el que te decimos con qué colegios tenemos firmado convenio y por lo que puedes obtener un descuento al contratar el programa.

Lo que dicen las leyes sobre estar colegiado.

Las cosas de leyes son para ponernos serios, así que es el momento.

La colegiación para poder ejercer como psicólogo es un requisito legal en España. Según la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, se establece en el artículo 6 la obligatoriedad de la colegiación para el ejercicio de las profesiones sanitarias, incluida la psicología. En su caso, los psicólogos deberán estar colegiados en el Colegio Oficial de Psicólogos de su comunidad autónoma.

Además, en la Ley 2/1974, de Colegios Profesionales, se indica que toda actividad regulada por un colegio profesional requerirá la inscripción en dicho colegio para poder ser llevada a cabo. Por último, en 1979 se estableció la creación del Colegio Oficial de Psicólogos y, desde entonces, se considera requisito indispensable estar colegiado para ejercer como psicólogo.

Qué debe comprobar una clínica antes de contratar a un psicólogo.

Antes de lanzarte a la piscina y contratar a un profesional, debes revisar ciertos puntos. Y no, no tienes que pensar que es un signo de desconfianza, sino que estás velando por el bien de tu clínica y de tus pacientes.

  • Número de colegiado activo. No basta con que el profesional te diga que está colegiado; debes verificarlo y guardar un comprobante de ello.
  • Titulación universitaria. El profesional debe contar con el título de Psicología que corresponda: Grado, Licenciatura o titulación homologada de otro país. Si vas a contratar personal extranjero en mi clínica de España, infórmate sobre lo que necesitas.
  • Habilitación sanitaria cuando proceda. Revisa si necesita el Máster en Psicología General Sanitaria o el título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, dependiendo de si va a trabajar en una consulta o unidad sanitaria de esta especialidad.
  • Seguro de responsabilidad civil. Es una medida de protección fundamental. Revisa si el colegio lo incluye, si el profesional lo tiene contratado individualmente o si la póliza del centro cubre su actividad.
  • Documentación actualizada. Guarda en el expediente profesional la documentación básica: títulos, número de colegiado, habilitación sanitaria, seguro, contrato, funciones asignadas y cualquier acreditación relevante.

¿Qué riesgos tiene contar con un psicólogo no colegiado?

Contratar a un profesional no colegiado puede generarte problemas legales, administrativos y reputacionales. Y, la verdad, probablemente ninguno te haga mucha gracia.

En primer lugar, puede considerarse ejercicio irregular de la profesión. ¿Qué puede conllevar esto? Pues sanciones para el profesional y, dependiendo del caso, también para tu clínica.

En segundo lugar, la protección de los pacientes. Cualquier profesional debe regirse por el código deontológico de su profesión. El hecho de estar colegiado garantiza que la actuación profesional se sustenta bajo estas premisas.

Por último, la reputación. ¡Y qué importante cuidarla! Imagina que uno de tus pacientes descubre que ha sido atendido por alguien que no cumplía con los requisitos profesionales; ¡se te puede caer el pelo! Y encima la confianza, que tanto cuesta ganar, se va al garete en un momento.

¿Profesional colegiado? ¡Siempre!

En el momento de contratar un profesional para tu clínica, antes de mirar la experiencia, es necesario que te preguntes: ¿cumple los requisitos para las funciones que va a realizar? Y con esas funciones nos referimos a si está colegiado tal y como exige la ley.

Además, no debes olvidarte de comprobar la habilitación sanitaria, guardar la documentación y mantener siempre todo bien actualizado una vez la persona empiece a prestar sus servicios como profesional de tu clínica.